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4.3.07

"Sentencia"




Sala segunda de lo Penal


Han sido vistas las diligencias seguidas contra:

RRH editor único del blog Deica Logo 1008

Y ha sido probado y así se declara como

Hechos probados:


1º Que D. RRH. Últimamente ha dejado de lado sus cotidianas visitas a interesantes blogs que pululan por la Blogsfera y a los que visita dos o tres a lo sumo ni se molesta en dejar un comentario.

2º Que el citado acusado, últimamente anda bajo de moral, y sus escritos en Deica Logo 1008, así lo manifiestan, y son constitutivos de apología de la infelicidad y contra la felicidad.

3º Que RRH. explota la relación de poesía y música para bucear por los abismos de la existencia negativa.

Fundamentos de Derecho:


Los hechos probados son constitutivos de un delito grave de superfluidad recalcitrante y otro mucho más grave de memoria intermitente hacia los editores de blog nacionales e internacionales.

Como bien dice el Ministerio Fiscal, tenga o no razón, no debe el acusado pertrecharse emocionalmente en los caminos de las sombras.

Los hechos también prueban que lo suyo es una vuelta a la ribera equivocada, y eso no es cosa bella.

También son constitutivos de delito su angustia cuando no encuentra respuesta a sus deseos y su necesidad de encontrar un espacio en el qué auto-reconocerse son comunes a los de cualquier adulto.

Recordar al acusado D. RRH. que caminar entre esos seres mortíferos como “la Santa Compaña” (Sueño) o “Caronte el barquero de los muertos” (Bajo el cielo) es difícil reprimir una sonrisa nerviosa.

Acuerdo

Que debo condenar y condeno al acusado RRH. administrador y editor único del blog Deica Logo 1008, como autor del delito de dejadez existencial, a la pena de:

1º Urgentemente reiniciar sus compromisos con la sociedad Blogeriana.

2º La obligación de buscar ese hilo de Ariadna que le permita salir de esa postración en los laberintos sombríos del pensamiento negativo.

3º Le condeno a leer las veces que el acusado estime necesarias el libro de Spencer Johnson M.D. “¿Quien se ha llevado mi queso?” que por cierto esta fabula se la recomiendo a todo el mundo y les digo que las enseñanzas de este cuento se aplican a todos los ámbitos de la vida.

4º y último. Quisiera ser benévolo con el acusado pero con tales delitos la benevolencia no ha lugar y le impongo la pena más alta que este tribunal puede imponer al acusado, le condeno a ser Feliz.
Así lo pronuncio, mando y firmo.

*Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de quince días ante el juzgado de segunda estancia de esta bonita ciudad en la costa mediterránea.

6 Comments:

Anonymous Anónimo Dijo...

Pero hombre de Dios,tenías que acabar así, con problemas con la justicia, nunca crí que la cosa fuese tan grave.

Ya sabes tienes que acatar la sentencia de ese despiadado juez si no acabarás entre rejas jajaja

PD. Te espero en Santiago en el verano, no lo olvides.

11:55  
Blogger alejandrapiam Dijo...

Bueno, el juicio es un alivio!
Ya pensaba yo que estaba siendo olvidada.
Su vuelta a la felicidad es prioritaria, ya que ese tipo de delito es contagioso a través de la falta de comentarios, y ya podemos estar todos cayendo en el mismo crimen. Si no se recupera pronto, recurra a Aurorix, Promirtil, o Ravotril, previamente prescrito, sálvenos.

21:08  
Blogger ^ojos verdes^ Dijo...

Que buen Juez aquel, ya pensaba yo que dejaban de ser importantes mis susurros.
Aunque no puedo quejarme del todo, creo haber pertenecido a esa cuenta de dos o tres.
Debo hacer mocion secundaria en aquello de, DEBE SER FELIZ
Susurros aliviados

05:42  
Blogger Mr. San Dijo...

Cumpra-se, pois, a sentença do Meritíssimo. E sem demora! PS: Brasil oferece asilo a blogueiros por crimes de opinião. :o) Um grande abraço, hermano!

02:28  
Blogger alejandrapiam Dijo...

ya pues, que lo extraño!!!
escriba pronto...

19:00  
Blogger Joaquim Amândio Santos Dijo...

ao meu amigo "culpado" envio um abraço sob a forma de poema:

No desassossego nasce a serenidade do caminho.
pelo percurso, cumprimos a ousadia nascida firme nas nossas águas calmas.

16:03  

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